Tasaley Abogados avanza en un nuevo procedimiento de Segunda Oportunidad ante el Tribunal Mercantil de Sevilla

El procedimiento, tramitado como concurso sin masa, alcanza la fase de conclusión tras haberse solicitado la exoneración del pasivo insatisfecho.

En Tasaley Abogados hemos recibido una nueva resolución judicial dentro de un procedimiento de Segunda Oportunidad tramitado ante la Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Sevilla.

El asunto presenta especial interés porque permite explicar uno de los procedimientos que con mayor frecuencia se utilizan actualmente para dar respuesta a situaciones de insolvencia de particulares: el denominado concurso sin masa.

En este caso, el órgano judicial había declarado previamente el concurso de acreedores al apreciar la situación concursal de la deudora. Al tratarse de un concurso sin masa, se efectuó el correspondiente llamamiento a los acreedores para que aquellos que representasen, al menos, el 5 % del pasivo pudieran solicitar el nombramiento de un administrador concursal encargado de emitir el informe previsto legalmente.

Un elemento especialmente relevante del procedimiento es que ningún acreedor solicitó dicho nombramiento.

Una vez superada esta fase, desde Tasaley Abogados, en representación de nuestra clienta, se presentó dentro del plazo legal la correspondiente solicitud de exoneración del pasivo concursal insatisfecho, es decir, el mecanismo que permite al deudor que reúne los requisitos establecidos por la legislación concursal aspirar a liberarse de aquellas deudas que legalmente puedan ser objeto de exoneración.

El Tribunal dio posteriormente traslado y publicidad a dicha solicitud para que los acreedores afectados pudieran formular las alegaciones que estimasen oportunas. Una vez transcurrido el plazo establecido legalmente, el procedimiento quedó pendiente de resolución judicial.

¿Por qué es especialmente interesante este procedimiento?

Porque muestra de manera muy clara que la Ley de Segunda Oportunidad no consiste simplemente en “pedir que se cancelen unas deudas”.

Existe un verdadero procedimiento judicial en el que se analiza la situación económica y patrimonial del deudor, se declara el concurso cuando concurren los presupuestos necesarios, se da intervención a los acreedores y, posteriormente, puede solicitarse judicialmente la exoneración del pasivo que corresponda.

En los denominados concursos sin masa, la legislación concursal establece además un mecanismo específico para que los acreedores puedan solicitar el nombramiento de administrador concursal en los supuestos y con los requisitos previstos legalmente.

Precisamente en este asunto, el Auto recoge que se realizó ese llamamiento y que ningún acreedor se personó con esa finalidad, continuándose posteriormente con la solicitud de exoneración presentada por la defensa de la deudora.

    La Segunda Oportunidad puede permitir comenzar de nuevo

    Las situaciones de sobreendeudamiento pueden producirse por circunstancias muy distintas: pérdida de ingresos, cierre de negocios, préstamos que dejan de poder atenderse, avales, acumulación de créditos o acontecimientos familiares y profesionales que alteran completamente la capacidad económica de una persona.

    La normativa concursal contempla precisamente mecanismos para que quien se encuentra en una situación de insolvencia pueda ordenar jurídicamente esa situación y, cuando se cumplen los requisitos legales, solicitar la exoneración de determinadas deudas.

    Por ello, antes de dar por imposible una situación económica, resulta fundamental realizar un estudio jurídico completo de:

    la totalidad de las deudas, los acreedores, los ingresos, el patrimonio existente, las posibles ejecuciones y embargos y la concurrencia de los requisitos necesarios para acceder a la exoneración.

    Cada supuesto es diferente y no todas las deudas reciben el mismo tratamiento, por lo que el análisis previo resulta esencial.

    Desde nuestro departamento de Derecho Concursal y Segunda Oportunidad asesoramos y acompañamos al cliente durante todo el procedimiento: desde el estudio inicial de su situación económica hasta la declaración de concurso y la posterior solicitud de exoneración cuando legalmente resulte procedente.

    Porque detrás de cada procedimiento concursal no existen únicamente cifras y deudas: existen personas que necesitan encontrar una solución jurídica que les permita recuperar su estabilidad económica.

    ¿Te encuentras en una situación de sobreendeudamiento y no puedes hacer frente a tus obligaciones?

    En Tasaley Abogados podemos estudiar tu situación y determinar si puedes acogerte al mecanismo de Segunda Oportunidad.

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