TASALEY ABOGADOS ACUDE A LA GUARDIA DEL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN
El pasado lunes 19 de mayo, el equipo jurídico de Tasaley Abogados prestó asistencia letrada en la Guardia del Juzgado de Instrucción, cumpliendo con su compromiso de defensa y asesoramiento legal a personas investigadas.
Durante la jornada, se atendieron diversos avisos relacionados con declaraciones de investigados, garantizando en todo momento el respeto a sus derechos procesales, entre ellos, el derecho a no declarar, uno de los pilares fundamentales del derecho de defensa.
El derecho a no declarar: una garantía constitucional
Toda persona investigada o acusada en un procedimiento tiene reconocido el derecho a no declarar contra sí misma y a no confesarse culpable, tal como establece el artículo 24 de la Constitución Española. Este derecho implica que ningún investigado está obligado a responder a las preguntas de la Policía, el Ministerio Fiscal o el Juez, pudiendo guardar silencio total o parcial, sin que esto pueda ser interpretado en su contra,
¿Cuándo es obligatorio declarar?
En términos generales, no existe obligación de declarar si uno comparece como investigado o acusado. Sin embargo, existen situaciones específicas en las que sí puede existir un deber de declarar, por ejemplo:
- Testigos: Las personas que comparecen como testigos (no como investigados) sí están obligadas a decir la verdad y pueden incurrir en responsabilidad penal si mienten o se niegan a declarar sin causa justificada.
- Obligaciones civiles o administrativas: En determinados procedimientos no penales, como los administrativos o laborales, puede existir una obligación de comparecer o declarar, aunque con garantías legales diferentes.
📌 Desde Tasaley Abogados, recordamos la importancia de contar con asesoramiento jurídico desde el primer momento en que una persona es citada a declarar.
📞 Nuestros profesionales están disponibles para ofrecer una defensa eficaz y proteger los derechos de nuestros clientes en cualquier fase del procedimiento penal.
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